Fondo solidario para Jubilados: ¿Cómo se realiza el pago y cuándo se cobra la segunda parte?
En medio de una gran incertidumbre sobre la fórmula jubilatoria y el pago del bono a jubilados, el gobernador de la provincia, Gustavo Sáenz creó el Fondo Solidario a través del decreto N° 1113, del cual ya se publicó la nómina de beneficiarios en el Boletín Oficial.
El objetivo de este fondo es brindar una asistencia solidaria temporaria para los jubilados, destinando para hacerlo parte del sueldo del Gobernador, funcionarios y jerarquía y de primer nivel de la planta política.
“Para cubrir necesidades básicas que cualquier persona mayor en estado de vulnerabilidad necesita cubrir” dijo a InformateSalta el secretario de Adultos Mayores, Juan Carlos Villamayor, haciendo hincapié en la importancia de buscar, desde el gobierno provincial, una asistencia en un contexto económico preocupante.
“La naturaleza del fondo es esa: la solidaridad de los funcionarios en un momento de crisis”.
Pago de cuotas
El beneficio se divide en dos pagos de 24 mil cada uno, siendo depositada la primera cuota desde principios del mes anterior: los jubilados con cuentas en Banco Macro que son aproximadamente el 60% percibieron el monto los últimos días de abril y un 20% corresponde a quienes tienen cuenta en el banco Santiago del Estero y cobrarán la primera cuota entre hoy viernes 3 de mayo y el lunes próximo.
El 20% restante requiere de un trabajo especial o personal, dijo Villamayor, ya que al cobrar en Banco Nación o por otro mecanismo, se debe depurar en los próximos días: “estamos trabajando con la Secretaría de Modernización y el Ministerio de Economía para hacerles llegar su pago”, tomando partida también al SINTyS (Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social).
La segunda parte, se cobrará durante las primeras semanas de junio, dependiendo del calendario del Ministerio de Economía y de la depuración del padrón lo cual facilitaría el pago sin diferenciación: “cobrarían todos juntos”.
Sobre el acceso al fondo, explicó el funcionario que es automático, no deben anotarse y solo pueden ser beneficiarios quienes cumplan con los siguientes requisitos:
- Tener 70 años o más.
- Percibir el Haber Jubilatorio Mínimo como único ingreso, excluyendo pensiones o pensiones no contributivas.
- No ser beneficiario de ingresos provenientes de planes sociales nacionales, provinciales o municipales (AUH, Potenciar Trabajo, seguro de desempleo, entre otros), ni de otra prestación previsional.
- Carecer de empleo en relación de dependencia, ya sea como independiente o presunto.
- No percibir ingresos como permisionarios de estacionamiento medido.
- No poseer bienes registrables a su nombre, ya sean automotores o inmuebles.