Sáenz promulgó la Ley que permite cobrar a obras sociales por atención en hospitales públicos
La medida permitirá a la Provincia recuperar los gastos invertidos en la atención de salud.
Este miércoles, el gobernador Gustavo Sáenz promulgó la Ley N° 8491, una norma clave que establece un nuevo régimen para el recupero de los costos sanitarios generados por la atención médica brindada en hospitales y centros de salud públicos de Salta.
La ley busca garantizar que las prácticas médicas, medicamentos, insumos y tratamientos sean facturados a las obras sociales, prepagas, mutuales y aseguradoras que tienen a su cargo la cobertura de salud de los pacientes atendidos en el sistema público. De esta manera, el Estado provincial podrá recuperar parte del gasto sanitario y reforzar el financiamiento del sistema de salud.
Según detalla el artículo 1°, los montos de facturación se calcularán utilizando los valores establecidos en el Nomenclador de Prestaciones Particulares provisto por el Instituto Provincial de Salud de Salta (IPS). En cuanto a medicamentos, se deberá tomar como referencia el precio informado por Droguería al primer día hábil del mes. Los insumos descartables se cotizarán con base en los precios de mercado, y las prótesis u órtesis deberán ser provistas previamente por los entes obligados, salvo en casos de emergencia justificada.
El artículo 3º de la normativa aclara que están alcanzadas por esta obligación todas las entidades que brinden cobertura médica, como obras sociales, mutuales, prepagas y compañías de seguros. Si estas incumplen con el pago, el Ministerio de Salud Pública podrá emitir un certificado de deuda con fuerza de título ejecutivo, habilitando el inicio de acciones judiciales.
La Autoridad de Aplicación también tendrá la facultad de firmar convenios específicos con obras sociales estatales y dictar las normas complementarias para la implementación de la ley. Por su parte, el Poder Ejecutivo quedó autorizado a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias para su puesta en marcha.
Con esta norma, el Gobierno de Salta busca ordenar y optimizar el uso de los recursos públicos, asegurando que quienes tienen cobertura privada también contribuyan al sostenimiento del sistema de salud provincial.
La Ley 8491 deja sin efecto cualquier legislación anterior que se oponga a sus disposiciones y entra en vigencia tras su promulgación por parte del Ejecutivo.