Conocé qué servicios están prohibidos por el Censo y las multas para los que no cumplan
En el marco del Censo Nacional 2022 a realizarse el día miércoles 18 de Mayo en Argentina por Ley se establece el feriado Nacional y en función de esto existen actividades comerciales o de servicios que no se brindarán.
Alfredo Batule, Secretario de Trabajo de la provincia de Salta explicó que "hay actividades que no admiten interrupciones, con lo cual todos aquellos trabajadores afectados a esas tareas seguramente el día miércoles prestarán servicios".
En relación a esto el Secretario dijo "en el marco de lo que expresa la Ley, hay actividades que están prohibidas, y además es un feriado nacional, con lo cual la idea es que la gran mayoría de las personas estén en sus domicilios a los fines que puedan ser censadas y cumplir con el objetivo que prevé la normativa específica en relación al censo".
Las actividades prohibidas entre las 0 horas del miércoles y las 20 del mismo día son panaderías, confiterías, restaurante, rotisería y actividades cinematográficas, teatrales, clubes, empleadas de casas particulares siendo en este último caso considerada a realizar por fuerza mayor.
"Los empleadores evalúan la necesidad de personal que debe concurrir a prestar servicio, nosotros lo que le requerimos es que traten los empleadores que deben convocar trabajadores que convoquen la cantidad mínima y a su vez contemplen la situaciones de trabajadores que viven solos".
Insistió "Siendo feriado nacional como es establecido el día del censo no hay obligación del trabajador de concurrir a prestar servicios, existen actividades que no pueden ser interrumpidas, ejemplo, seguridad, sanatorios con lo cual en esos casos el empleador ya va tener diseñado la convocatoria de sus trabajadores".
Por último indicó que se realizarán operativos en la ciudad y en delegaciones. "Si existe incumplimiento podremos llamar al personal de seguridad, quienes a su vez harán sus verificaciones dentro de su competencia".
En cuanto a las multas especificó "Rondan de un 30% al 200% del salario mínimo vital y móvil. Además tenemos las sanciones específica del censo que no son competencia de la Secretaría".-
Fuente: InformateSalta