Revés de la Justicia para uno de los rugbiers que asesinó a Fernando Báez Sosa

La Justicia, a través del Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Dolores, resolvió este viernes rechazar el pedido de excarcelación presentado por la defensa de Lucas Pertossi, uno de los ocho rugbiers condenados por el crimen de Fernando Báez Sosa.

La solicitud había sido impulsada por el abogado defensor Rolando Enrique Brown, quien argumentó que existía un “exceso en el plazo razonable de la prisión preventiva”. Sin embargo, los magistrados del tribunal consideraron que no se verificaban las condiciones legales para conceder el beneficio y resolvieron no hacer lugar al planteo.

En su dictamen, la Fiscalía de Juicio N° 8, representada por Juan Manuel Dávila, manifestó una postura firme en contra de la excarcelación. El fiscal sostuvo que acceder al pedido implicaría “una forma de adelanto de pena” y remarcó que el proceso judicial se desarrolló conforme a los tiempos establecidos. En ese sentido, subrayó que la sentencia condenatoria ya fue confirmada tanto por el Tribunal de Casación Penal como por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

Asimismo, la fiscalía destacó que el Recurso Extraordinario Federal ya fue rechazado, por lo que el proceso se encuentra en una etapa avanzada, restando únicamente la resolución de la queja presentada ante la Corte Suprema. Según el planteo fiscal, esta situación garantiza el principio de “doble conforme”, es decir, la revisión de la condena por tribunales superiores.

Otro de los puntos centrales del rechazo se vincula con la gravedad del hecho. “Estamos ante un hecho gravísimo con penas de prisión perpetua en algunos casos y de quince años en otros, por lo que debe analizarse en su contexto y no de manera aislada”, señaló la fiscalía en su escrito.

En la misma línea se expresó el representante de los particulares damnificados, Fabián Raúl Améndola, quien sostuvo que el concepto de “plazo razonable” no puede limitarse a criterios estrictamente temporales. “Debe evaluarse de manera integral, considerando la complejidad del proceso, la conducta de las partes y la actividad de las autoridades judiciales”, afirmó.