Salta, entre las 12 provincias beneficiadas por anticipos financieros de Nación: hasta $400.000 millones
Tal como había sido anunciado, el Gobierno publicó hoy en Boletín Oficial el decreto 219/2026 con el que otorga un anticipo a doce provincias en materia de coparticipación de hasta $400.000 millones “a ser reintegrado dentro del Ejercicio Fiscal en curso”.
La medida había sido anticipada la semana pasada, cuando se habló del tratamiento de la Ley de Glaciares que se espera para el próximo miercoles.
La medida fue firmada por el presidente Javier Milei, que busca demostrar una postura concesiva y reforzar la relación con los gobernadores -incluso con la modificación de la mencionada ley-. Las provincias que recibirán este anticipo financiero son Catamarca, Chaco, Chubut, Corrientes, La Rioja, Mendoza, Misiones, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Tierra Del Fuego y Tucumán; algunas de ellas alineadas con el oficialismo mientras que otras solo mantienen un diálogo frecuente.
Asimismo, el artículo primero señala que “el monto a otorgar a cada provincia lo determinará la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía conforme a la capacidad de repago de cada provincia sobre la base de su participación en la recaudación de tributos nacionales”.
Un anticipo a devolver
El mecanismo elegido prevé que los anticipos sean devueltos dentro del mismo Ejercicio Fiscal 2026, a través de retenciones automáticas sobre los fondos que cada estado provincial reciba en concepto de coparticipación federal de impuestos. Será la secretaría la encargada de “disponer la cancelación de los anticipos otorgados, con más los intereses que se devenguen calculados sobre la base de una Tasa Fija Nominal Anual del 15 %, mediante la afectación de la respectiva participación de las provincias detalladas”.
Las provincias beneficiarias deberán autorizar al organismo bajo la órbita de Economía, a retener automáticamente los fondos emergentes del régimen, hasta cubrir el total del anticipo más los intereses correspondientes. La normativa prevé la posibilidad de que las autoridades de Hacienda acuerden con cada jurisdicción las condiciones de desembolso, los plazos y las modalidades de devolución de los fondos "pudiendo suscribir acuerdos con cada una de las jurisdicciones para determinarlos".
En otro orden el documento subraya que a fin de dar cumplimiento a la reciente medida, los Gobiernos de las provincias deberán “afectar su participación en el Régimen Transitorio de Distribución de Recursos Fiscales entre la Nación y las Provincias establecido en la Ley N° 23.548 y sus modificaciones o el régimen que lo sustituya, y en otros recursos coparticipables sin afectación a un destino específico por hasta el monto anticipado, con más sus intereses".