Confirman condena a comerciante narco salteño que actuó como "coche puntero"
En las últimas horas se conoció que la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal (CFCP) confirmó la condena de cinco años y ocho meses de prisión a un comerciante, Juan Manuel Mateos, por su rol como coautor en el transporte de 21 kilos de cocaína y marihuana que fue incautado en 2023 en la localidad salteña de Las Lajitas.
¿Cuáles son los detalles? El caso se inició el 9 de noviembre de 2023, cuando Gendarmería Nacional interceptó una maniobra de transporte de estupefacientes en un control vehicular en la ruta provincial 30. Un automóvil Ford Focus que llevaba la droga oculta en mochilas se dio a la fuga, pero fue perseguido y el conductor, el primer imputado, fue detenido en un camino lateral, en el paraje Coronel Olleros.
Sin embargo, a partir del trabajo de investigación del fiscal general del Distrito Salta, Eduardo Villalba, el caso no se limitó al transportista. Un exhaustivo trabajo de recolección de evidencias llevó a la detención del comerciante Juan Manuel Mateos el 20 de septiembre de 2024, tal recuerdo el Ministerio Público Fiscal de la Nación.
La fiscalía probó que Mateos actuó como "coche puntero" en la maniobra. Su participación se demostró a través de un peritaje del teléfono del transportista, un informe de cámaras de seguridad que lo ubicó en el lugar de los hechos y reportes de telefonía celular que coincidieron con el trayecto de los rodados. Además, se sumaron a la investigación multas de tránsito y reportes de viajes en avión.
El 20 de mayo pasado, en un juicio presidido por la jueza Gabriela Catalano, el tribunal dio por válidas las pruebas presentadas y condenó a Mateos como coautor del delito de transporte de estupefacientes. Los jueces destacaron en el fallo la labor del Ministerio Público Fiscal (MPF) por su "plus" investigativo, que permitió ir más allá del eslabón más débil de la cadena delictiva para dar con un "eslabón superior".
Tras el fallo, la defensa de Mateos impugnó la condena, alegando supuestas violaciones a garantías constitucionales y una errónea valoración de la prueba indiciaria. La defensa afirmó que no existía prueba directa que lo vinculara físicamente con el cargamento incautado.
Sin embargo, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal desestimó la impugnación. Los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Borinsky ratificaron la condena de cinco años y ocho meses, concluyendo que el proceso se desarrolló conforme a derecho y que el tribunal de juicio valoró correctamente las pruebas que permitieron establecer con certeza la responsabilidad de Mateos en el hecho.