Ex concejal salteño manejaba una banda narco desde la cárcel mientras cumplía condena
Le unificaron las penas a Mauricio Gerónimo y lo condenaron a 17 años de prisión. Lo declararon reincidente por primera vez.
En el marco de un juicio abreviado, el Tribunal Oral Federal N° 2 de Salta integrado por Abel Fleming, Gabriela Catalano y Domingo Batule, condenó el 3 de mayo al exconcejal de Salvador Mazza, Mauricio Gerónimo, a la pena de 6 años y 6 meses de prisión por el delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes, en grado de coautor.
Dado que Gerónimo cometió el delito desde su celda en la Unidad Penitenciaria Federal N° 7 de la provincia del Chaco donde cumple una condena de 14 años y 3 meses de prisión por el transporte agravado de 267 kilos de cocaína, el tribunal unificó la pena en 17 años y lo declaró reincidente por primera vez.
La sentencia, surgida del acuerdo múltiple propuesto por el fiscal general Eduardo José Villalba, de la Unidad Fiscal Salta, alcanzó también a otros seis implicados más, entre ellos Sergio Gerónimo, hermano del exconcejal, al que se le impuso una pena de 6 años de prisión por ser considerado coautor del delito de transporte de estupefacientes agravado.
Por la misma calificación legal, José Sokololsky fue condenado a 6 años de prisión y José Reguera a 5 años y 4 meses. La pena, en el primero de los casos, se acordó bajo la modalidad de arresto domiciliario dado el delicado estado de salud que padece.
El tribunal también resolvió respecto a Reguera, declararlo reincidente por primera vez, en razón de una condena de 3 años y 2 meses de prisión por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en calidad de partícipe secundario, dictada en su contra el 16 de octubre de 2019 por la Sala V del Tribunal de Juicio, de la justicia provincial.
Según informó el Ministerio Público Fiscal de la Nación, el fallo se completó con las condenas de Luis Cruz, a 5 años de prisión; de Cristián Chaile, a 4 años y 8 meses y de Orlando Saravia, a 3 años; todos por el delito de transporte de estupefacientes, en grado de coautores.
En estos casos, solo Cruz permanecerá con prisión efectiva, en tanto que Chaile cumplirá su pena bajo la modalidad de arresto domiciliario, en razón de tener una hija que padece una grave afección de salud y requiere de un cuidado especial. La condena de Saravia, en cambio, es de carácter condicional.
Ante el interrogatorio del tribunal respecto a la responsabilidad penal en el hecho imputado, cada uno de los acusados reconoció su participación tal como lo describió la fiscalía y consintieron la pena requerida, lo que derivó en la homologación del acuerdo.